Nuestro país ejerce una Economía social de Mercado en la que su papel de intervención es limitada. Pero como contraste se sabe que las empresas publicas y no publicas reciben el mismo tratamiento legal. Por este lado, la actividad reguladora toma las misma medida ya sea con una u otra, como se puede observar en el ejemplo citado por Oscar Sumar (Blog) . Si bien en la Constitución nunca indica claramente con que tanta intensidad interviene la regulación, peor si se sabe que esta es necesaria frente a los fallos de mercados que se presenten en una Economía.
Oscar Sumar aclara que "Desde el punto de vista social, la regulación se justifica como un método para reducir la pobreza", afirmación que no es clara en su totalidad ya que como fin social la regulación tiene el encargo que el consumo por parte de la sociedad sea satisfactoria y que a su vez el sector privado no sea afectado de manera negativa con el accionar de los entes reguladores. La regulación no solo canaliza el malestar social o empresarial, sino busca el simple equilibrio entre oferta y demanda donde ambas partes se vean favorecidas optimizando su bienestar de manera adecuada en competencia perfecta.
Si bien el termino Economía Social de Mercado nos lleva a un extremo desprendido de la economía de mercado, esta no es tomada adecuadamente por la Constitución, tendiendo a ser muy laxo como indica Oscar Sumar, ya que no es claro en el tipo de economía que se ejerce dentro del país. En la practica la situación es totalmente distinta ya que si bien existe la libre competencia dentro del mercado, el Estado interviene cada vez que la situación se le escapa de las manos o cuando toma las prevenciones necesarias para evitar problemas a futuro.
Si bien el termino Economía Social de Mercado nos lleva a un extremo desprendido de la economía de mercado, esta no es tomada adecuadamente por la Constitución, tendiendo a ser muy laxo como indica Oscar Sumar, ya que no es claro en el tipo de economía que se ejerce dentro del país. En la practica la situación es totalmente distinta ya que si bien existe la libre competencia dentro del mercado, el Estado interviene cada vez que la situación se le escapa de las manos o cuando toma las prevenciones necesarias para evitar problemas a futuro.
Si bien la Constitución no nos dice que "siempre que los privados puedan hacer algo, el Estado se debe retraer", este si nos dice que tanto la actividad, publica y no publica deben recibir el mismo tratamiento legal. El autor de este Blog señala que "el Estado puede intervenir en la Economía siempre exista un buen motivo para hacerlo" definiendo de manera equivocada la función del Estado, el cual debe y tiene que intervenir cada vez que el bienestar social y empresarial se vea afectado por externalidades o fallas de mercado, a través de políticas que son aplicadas por los entes reguladores pertinentes.
Edson Alberto Herrera Collantes
Asistente de Estudios Economicos
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