Wednesday 2 October 2013

¿Se puede dejar de lado el paternalismo regulador en el Sistema Privado de Pensiones? [E. HERRERA]

El pasado 30 de Setiembre se realizo el Perú Markets Day 2013, donde se tocaron temas de impacto de reformas de capital y de las inversiones de las AFP. Frente a este tema de importancia para las Administradoras de Fondos de Pensiones, salió un punto muy importante para analizar, donde se pone en cuestión la intervención del Estado como ente regulador en este tipo de inversiones.



El ente regulador de este mercado es la SBS, que por las competencias otorgadas tiene la potestad de limitar el accionar de estas administradoras con el propósito de evitar  problemas de inestabilidad financiera. Pero, ¿hasta que punto es productivo y beneficioso este tipo de mecanismo regulatorio? Se mencionó que la SBS debe ser mas flexible en su regulación, en especial en dos puntos: En el limite de inversión en instrumentos alternativos como fondos de private equity y hedge funds, entre otros y derivados financieros, que sirven para darle cobertura a sus fondos. 

Por un lado tenemos las Administradoras privadas que cuentan con equipos idealizados para la ejecución de nuevos instrumentos financieros, y por otro lado el temor del Estado frente a una crisis financiera por el poco desarrollo del mercado de capitales del Perú. Si se analiza la queja por parte de las Administradoras, se puede observar que piden flexibilidad frente a derivados financieros, los cuales fueron causantes de la ultima crisis  financiera internacional. Estos derivados se sustentan y dependen de otro de tipo de activos, su valor cambia en respuesta a los cambios de precio del activo subyacente; pero existen casos donde el precio de los derivados toman mayor valor que el de los activos subyacentes y es ahí donde esta burbuja se sale de control. 

Analizando los limites a los instrumentos alternativos en los 3 tipos de fondos, se puede poner en cuestión si están bien delimitados o sobrevalorados respecto al valor de riesgo que les da el Estado y por ende exista un limite favorable para las Administradoras. Si bien se exponen las ventajas y bondades de estos instrumentos, se debe tomar mas en cuenta que el dinero con el que se está negociando es de los pensionistas, y que siempre debe existir un límite en este tipo de inversiones alternativas para no poner en riesgo dinero ajeno.



Edson Alberto Herrera Collantes
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Asistente de Estudios Económicos

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